10 de febrero de 2004 - DRNA Emite Reglamento Para las Instalaciones Electrónicas Ubicadas en Bosques Estatales

El 10 de febrero de 2004, el DRNA aprobó el nuevo Reglamento de Permisos Especiales Para Uso de Comunicaciones y Edificaciones Asociadas a Sistemas Electrónicos de Comunicación en los Bosques Estatales (Reglamento Num. 6769 del 11 de febrero de 2004)(en adelante, el "Reglamento"). Este Reglamento con fecha de vigencia del 11 de marzo de 2004, deroga el Reglamento Núm. 4746 del 31 de julio de 1992, que anteriormente regulaba los permisos especiales de uso de terrenos en bosques estatales para equipos electrónicos.

En Puerto Rico existe un gran número de estaciones de televisión, radio, y telefonía celular cuya operación y retransmisión se lleva a cabo desde lotes de terreno en bosques estatales, y la demanda de instalación de equipos adicionales ha aumentado dramáticamente. El DRNA favorece el agrupamiento de concesionarios (co-ubicación) en una misma instalación para así reducir el número de edificaciones.

El Reglamento requiere un permiso especial del Secretario del DRNA para toda ocupación de edificaciones y/o uso de instalaciones de comunicación en cada lote de comunicaciones. En cuanto a los cargos por el permiso especial, el DRNA cobra cargos por presentación para concesionarios primarios ($500) y secundarios ($250), cargos por enmienda ($250), transferencia ($150), cesión ($150) y permisos especiales para radioaficionados ($50).

Por otra parte, el DRNA cobra una renta anual que toma como criterios el número de concesionarios que utiliza la misma instalación, la renta que pagan los concesionarios secundarios a los concesionarios principales, el valor del equipo electrónico (a base del precio de adquisición), y el valor de las edificaciones (a base de su costo original o por tasación). En el caso de concesionarios principales, se paga $1,000 o el 2.5% del valor total de las edificaciones más el valor del equipo electrónico, lo que sea mayor; más el 10% del total de cánones que pagan los arrendatarios secundarios al arrendatario (concesionario) principal.

Los concesionarios secundarios pagarán $500 o el 2.5% del valor total de las edificaciones más el valor del equipo electrónico, lo que sea mayor; más el 10% de los cánones anuales por servicio o arrendamiento de quipos.

En aquellos casos donde es necesario el establecimiento o mejora de una servidumbre de paso incidental para poder llegar a estos lugares, el DRNA requiere que los peticionarios sometan una solicitud de servidumbre de paso. El costo por el uso de las servidumbres de paso que sirven estos lotes de comunicaciones se calcula a base del 6% del valor del terreno. En el caso de que una misma servidumbre de paso sea utilizada por más de un concesionario, el canon se dividirá equitativamente entre todos los concesionarios.

El DRNA concederá permisos exclusivos para instalación de equipo electrónico en aquellos casos que por razones de seguridad del Estado Libre Asociado de PR, el Gobierno de los Estados Unidos o interferencia de equipo electrónico crítico para la seguridad pública.

Aquellas instalaciones con permisos del DRNA existentes a la fecha de vigencia de este Reglamento (12 de marzo de 2004) cualifican para la introducción de renta anual escalonada dispuesta por el Reglamento. El DRNA entendió prudente facilitar que los concesionarios puedan absorber el aumento significativo de renta anual del nuevo Reglamento. A pesar de esto, muchas de las disposiciones del Reglamento no han sido favorecidas por la comunidad regulada.

Todos estos permisos o enmiendas estarán vigentes por un periodo de 5 años. El nuevo Reglamento incluye un listado detallado de penalidades fijas en caso de infracciones. Existen penalidades hasta por el hecho de no tener personal presente en la instalación al momento de la visita de evaluación o inspección del oficial del DRNA, y por no tener equipo de emergencias en caso de derrames de combustible de las plantas de emergencias.

Para más información, comuníquese con nosotros.

Rafael Rivera Yankovich rryanko@tcmrslaw.com
Michelle E. Renaud-Jiménez mrenaud@tcmrslaw.com

Carlos Colón-Franceschi ccf@tcmrslaw.com
Rafael Mullet Sánchez rem@tcmrslaw.com
Agustín F. Carbó-Lugo acarbo@tcmrslaw.com
Eli Matos Alicea ematos@tcmrslaw.com


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